Judiciales

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Al año

Las fianzas judiciales garantizan el cumplimiento de las obligaciones derivadas de procedimientos judiciales y que se exhiben ante una autoridad judicial competente, como garantía del resarcimiento del daño causado a las personas afectadas.

Penales

Las fianzas judiciales penales garantizan el cumplimiento de obligaciones procesales:

  • Libertad provisional
  • Condena provisional
  • Reparación del daño
  • Sanción pecuniaria
  • De reclusión domiciliaria con programa de monitoreo electrónico o a distancia

No penales

Las fianzas judiciales no penales garantizan ante los tribunales el resarcimiento de los posibles daños y perjuicios en procesos de diversas materias (familiar, civil, mercantil).

  • Providencia precautoria
  • Levantamiento de providencia precautoria (embargo)
  • Pensión alimenticia
  • Fianza de cargo (como albaceas o tutores)
  • Arrendamiento inmobiliario
  • Laborales
  • Amparo 

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